El SAP, conocido como Síndrome de Alienación Parental consiste en un conjunto de actos que realiza uno de los progenitores en un proceso, ya sea de divorcio o guarda y custodia para que el hijo tome repudio por la parte contraria. Es decir, obstaculizar la relación paterno filial o materno filial. Es importante resaltar que no necesariamente son los padres los únicos manipuladores, pueden ser los abuelos, los tíos e incluso los hermanos mayores.
Este síndrome de alienación parental es muy común hoy en día, y aunque realmente siempre ha existido se ha puesto últimamente especial atención a él. En este tema encontramos muy dividida a la sociedad, pues por un lado tenemos a los padres que manipulan al menor y por el otro tenemos a los padres que reciben los efectos de esa manipulación.
¿Cómo reconocer cuando un menor sufre de este síndrome? Es común ver en los menores algunos puntos de alerta como los siguientes:
- Que el menor repita cosas que uno de los progenitores menciono (padre alienador) en contra del otro (padre alienado).
- Cuando utilizan un lenguaje en contra de uno de los progenitores que no es propio de la edad del niño.
- Cuando el menor repite con exactitud los mismo hechos que uno de los progenitores relato.
- Existe un rechazo notorio del menor en contra del padre alienado, esto incluye a los abuelos y en algunos casos a toda la familia de este.
¿Cuáles son las sanciones a quien comente Alienación Parental?
Cuando se trata de un caso de alienación leve o moderada:
- Suspensión de la patria potestad del menor y en consecuencia del régimen de visitas y convivencias.
- En los casos en que el progenitor alienador tenga la guarda y custodia del menor, esta pasara de inmediato al otro progenitor.
Cuando se trata de un caso de alienación severo:
- Por ningún motivo permanecerá bajo el cuidado del progenitor alienador, o la familia de este.
- Se suspende todo contacto con el padre alienador.
- El menor será sometido a un tratamiento que indique un especialista.
Ahora bien, el nombre de SAP no es del todo aceptado, ya que la OMS (Organización Mundial de la Salud) no lo tiene registrado como una enfermedad, pero si lo reconoce como tal el Código Civil para la Ciudad de México, pues lo tiene debidamente definido en su artículo 323 SEPTIMUS, en donde se encuentra catalogado en un tipo de Violencia Familiar, ya que el menor es un ser vulnerable y está siendo manipulado por uno de sus progenitores.
Los menores no tienen por qué pagar los errores de los padres; con una buena asesoría y representación podemos garantizar el bienestar del menor que es lo más importante. Comunícate con nosotros y te brindaremos atención especializada.