A efecto de desincentivar el uso de los vehículos automotrices y fomentar el uso de las bicicletas como medios alternos de transporte, el pasado 11 de julio se reformó la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico, norma que fija los requisitos mínimos para el diseño y ejecución de las obras en la Ciudad de México.
La reforma de referencia tuvo por efecto imponer la obligación de construir en las nuevas edificaciones cajones de estacionamiento para bicicletas y la imposición de un límite en la construcción de cajones de estacionamiento para vehículos automotrices en las nuevas edificaciones, limite que de ser excedido generará a cargo de las constructoras la obligación de pagar una “aportación” (impuesto).
Si bien la imposición del impuesto parece atender a una finalidad extra fiscal ya que dicho impuesto será destinado al Fondo Público de Movilidad y Seguridad Vial para el mejoramiento y ampliación de los sistemas de transporte público, la realidad es que la imposición de un tributo por un concepto que no atiende a la capacidad contributiva del gobernado y que no es previsto en ninguna ley, es cuestionable.
Asimismo, dentro de un plazo de 90 días hábiles las constructoras podrán optar por desarrollar las nuevas edificaciones con base en la normatividad anterior o con la actual.
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