El pasado 19 de diciembre de 2017, se publicaron dos decretos a través de los que el Ejecutivo Federal declaró como Zonas económicas especiales Salina Cruz, Oaxaca, y Progreso, Yucatán, definiendo su circunscripción geográfica y delimitando su área de influencia.
Las Zonas Económicas Especiales son áreas prioritarias del desarrollo nacional, por lo que, el Estado promueve en aquellas la participación del sector privado y social, para el desarrollo económico de las regiones en las que se ubiquen, en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales.
Por ello, a través de los citados Decretos, además de declarar la creación de cada Zona, se establecieron beneficios e incentivos fiscales, así como el régimen aduanero.
Entre los beneficios fiscales para las personas que se constituyan como Administradores Integrales e Inversionistas de las Zonas Económicas Especiales de Salina Cruz y Progreso se encuentran:
1.- La disminución del impuesto sobre la renta.
2.- Deducciones adicionales del gasto efectivamente erogado por concepto de capacitación de los trabajadores.
3.- El otorgamiento de créditos fiscales a favor.
4.- En materia de IVA, aplicación de la tasa 0% en la enajenación de bienes a adquiridos por los Administradores Integrales o Inversionistas ubicados en la Zona Económica Especial.
En caso de requerir mayor información sobre los beneficios fiscales y los requisitos para invertir y/o administrar las zonas referidas, quedamos a la orden.