La reciente aprobación de la reforma fiscal en los Estados Unidos podría resultar en que este país sea considerado un paraíso fiscal o con régimen preferente, tras la baja de la tasa corporativa del 35 al 21%.
Esto, derivado de que la tasa corporativa estadounidense es inferior a lo que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta del 22.5%, por lo que al ser inferior la tasa del impuesto al ingreso, este país podría ser considerado un régimen fiscal preferente (Refipre), lo que trae como consecuencia que cualquier pago realizado a una entidad sujeta a Refipre no sería deducible.
Otra consecuencia es que, tratándose de operaciones pasivas, intangibles, intereses, regalías, entre otras, realizadas por una empresa subsidiaria en un país Refipre de una empresa residente en México, el ingreso se acumulará y pagará en México independientemente de que en el país Refipre se genere el ingreso y no se obtenga en México.
En el caso de las regalías y con la reforma fiscal, si EU se vuelve Refipre, se deberá pagar el ISR en México por los ingresos pasivos que reciban sus empresas en EU, pudiendo acreditar, en su caso el 21%.
Sin embargo, esta clasificación todavía no se encuentra vigente y habría que esperar a la evaluación por parte del SAT para que se estableciera la naturaleza de un régimen preferencial.