AL NEGARSE A LA PRÁCTICA DE ADN SE PRESUME LA PATERNIDAD.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, aprobó en sesión la propuesta del Ministro Arturo Saldívar en el amparo directo en revisión 2944/2017, en el que se resolvió que es aceptable y constitucional presumir la paternidad de las personas que se rehúsen a que se les practique la prueba de ADN en un Juicio de Paternidad.
Lo anterior atiende al derecho de identidad, ya que las personas tienen derecho a conocer su origen biológico ya que de ello se derivan importantes consecuencias tanto jurídicas como psicológicas.
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