El Secondary Meaning o la Distintividad Adquirida, es una figura muy importante y poco conocida, que abre puertas a registros de marcas que antes no podían ser.
Se refiere a las marcas que, en un principio no pueden registrarse porque carecen de distintividad (por ser descriptivas o genéricas), pero que con la inversión de recursos, tiempo y esfuerzo por parte sus titulares, se posicionan en el mercado, logrando que los consumidores la identifiquen. Así, adquiere la posibilidad de obtener protección a través de su registro.
En México, está figura no estaba contemplada hasta la última reforma a la Ley de la Propiedad Industrial.
Ahora el trabajo lo tiene el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial examinando los elementos y circunstancias que acrediten que el signo en cuestión se adapta a esta figura.
Esto demuestra que el régimen de Propiedad Industrial también reconoce y salvaguarda el esfuerzo empresarial de las personas.