Por medio del “Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias”, se determina como medida obligatoria para la reanudación de actividades esenciales que estas empresas elaboren protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades.
Dentro de este Acuerdo se precisó que del 18 de mayo al 1 de junio sería el tiempo en el que las empresas deberán llevar a cabo el proceso para establecer los protocolos y mecanismos de seguridad sanitaria en términos de los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publicara la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En este punto es importante precisar que la única autoridad que ha dado a conocer los Lineamientos que se deberá observar para reanudar operaciones es el Instituto Mexicano del Seguro Social, quien mediante los “Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral” detalla cuales son las medidas que las empresas deberán implementar en sus centros de trabajo.
De igual manera es el Instituto Mexicano del Seguro Social la autoridad que observará que estos documentos cumplan con “Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral”, ya que las empresas deben presentar, vía electrónica, y por cada centro de trabajo, sus protocolos sanitarios ante el Instituto, quien en un plazo no mayor de 72 horas deberá aprobarlos, requerir información adicional o rechazarlos.
En este punto se debe realizar una observación, ya que si la empresa cuenta con la autorización por parte del Instituto podrá iniciar operaciones a partir del 1 de junio, sin embargo, la autoridad cuenta la facultad de clausular los centros de trabajo en caso de que no se esta dando cumplimiento a las medidas sanitarias que se han definido.
Por otro lado, si bien es cierto que este Acuerdo determina que los protocolos son observación obligatoria para aquellas empresas que realicen actividades esenciales, el día 29 de mayo se publico en el Diario oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos y Específicos para la Reapertura de las Actividades económicas”, en el cual se determina que estos son de aplicación general en todos los centros de trabajo, por lo cual con este acuerdo se establece como obligación de los patrones tener implementados los protocolos sanitarios.
Adicionalmente, este acuerdo señala que es de manera obligatoria para aquellas empresas que realicen actividades esenciales someter a aprobación sus protocolos antes el IMSS, mientras que aquellas empresas que realicen actividades no esenciales podrán o no someterlos a aprobación del Instituto.
No obstante, la recomendación legal es que todos los centros de trabajo, esenciales o no, sometan a aprobación sus protocolos, esto con la finalidad de contar con el documento aprobatorio que le dé una fuerza jurídica ante cualquier revisión por parte de la autoridad e incluso ante el contagio de un colaborador de COVID.19, ya que este podría considerarse como enfermedad profesional, lo cual podría impactar de manera directa la prima en el seguro de riesgo de trabajo para el ejercicio 2021, y en caso de contar con la aprobación por parte el IMSS sería posible realizar una estrategia legal para que este no sea considerado en la declaración de siniestralidad.
Lo anterior se dice así ya que el Instituto emitió “Los Criterios de calificación para casos de Coronavirus (COVIS-19) como Enfermedad de Trabajo, en el cual se determina las bases que tomará en cuenta el Instituto para determinar el contagio de un colaborador como una enfermedad profesional.
En ese entendido, si se cuenta con la aprobación por parte del Instituto de los protocolos sanitarios la posibilidad de que se considere el contagio de un colaborador como una enfermedad disminuye.
Actualmente, contamos con la experiencia necesaria para llevar a cabo los protocolos sanitarios para cada centro de trabajo considerando sus actividades, así como para someterlos a aprobación del Instituto Mexicano del Seguro Social con la finalidad de obtener una respuesta positiva.
5 comentarios
Considero que todos los centros laborales deben cuidar el cumplimiento de los protocolos, no unicamente por el miedo al contagio de el actual virus que ha cobrado miles de muertes, sino en el futuro por la salud de todos, son habitos de higiene que todos debemos aprender desde pequeños y aplicar en nuestros centros de trabajo.
Esperemos que las autoridades, el trabajador y el patrón verifiquen el correcto funcionamiento de dichos protocolos y que realicen cada quien su papel de forma consciente.
Es importante contar con esta información, ya que es un tema de interés para todos por la situación actual, para que nuestros centros de trabajo conozcan la importancia y el beneficio que da cumplir con los lineamientos que da la autoridad.
De acuerdo a lo que comentan con medidas obligatorias que la autoridad y el sector salud están solicitando a las empresas y establecimientos que ellos mismos van a hacer todas las medidas para que sus colaboradores y clientes no se afecten con esta pandemia pero si en la calle y transporte publico hay todavía gente que no se cuida puede contagiar y pertenecer a este grupo de empresas que si están cumpliendo con sus medidas.
Me parece oportuno el análisis ya que ante la situación actual, que se preve continúe por lo menos lo que resta del año, es indispensable que los centros de trabajo, en especial los patrones, conozcan la forma en que deben acoplarse a la nueva normalidad y cumplir cabalmente con los lineamientos de las Instituciones y dependencia competentes, no sólo para salvaguardar la salud de sus empleados sino para asegurar la continuidad de las labores conforme los avisos de las autoridades y evitar futuros problemas legales, económicos y sociales.
El artículo es muy interesante, claro y ayuda a los empresarios tengan en cuenta que es importante tener esas autorizaciónes
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