La importancia del cumplimiento de la normatividad aplicable y la implementación de auditorías legales y técnicas.
Desde la entrada del nuevo gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador (“AMLO”), el Sector Energético mexicano ha sufrido diversos cambios estructurales e internos en las diversas dependencias involucradas, por ejemplo, la cancelación de las licitaciones petroleras de la Ronda 3 para la exploración y extracción de hidrocarburos convocadas por la Comisión Nacional de hidrocarburos (“CNH”), cancelación de las subastas eléctricas, así como el cambio del personal en la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) y en la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (“ASEA”).
No obstante, es importante señalar que las obligaciones de los regulados que realicen cualquier actividad del Sector Hidrocarburos (incluyendo las actividades de expendio al público y autoconsumo) siguen vigentes y en caso de incumplimiento, las autoridades podrán imponer sanciones administrativas y económicas elevadas en contra de aquellos infractores.
Gracias a la participación de la iniciativa privada y la apertura del mercado gasolinero, ahora es posible que estas empresas (distintas a PEMEX) se encuentren posibilitadas para realizar cualquier actividad de la cadena de valor del Sector Hidrocarburos, incluyendo el expendio de petrolíferos en estaciones de servicio, además, debemos recordar que para que haya competencia entre gasolineros, estos podrán fijar los precios por litro de los combustibles que expendan al público.
Necesidad del cumplimiento normativo
Si bien, existe una sobre regulación para el Sector Energético, lo cierto es que los gasolineros siempre serán sujetos a inspecciones y/o visitas de verificación por parte de la PROFECO, Servicio de Administración Tributaria (“SAT”), CRE y ASEA.
Un ejemplo de lo anterior, desde el pasado mes de abril de 2019, AMLO anunció la implementación del programa “Quién es Quién” con respecto a los precios de los combustibles y acciones de verificación a las gasolineras, lo último con el objeto de vigilar que se entreguen los litros completos que el consumidor paga, así como garantizar que los dispensarios cumplan con aquellas Normas Mexicanas y Normas Oficiales Mexicanas aplicables, entre otras obligaciones.
En términos del Informe Anual Energéticos 2019 publicado el 13 de enero de 2020 por la PROFECO, se puede apreciar que durante el ejercicio fiscal 2019, dicha procuraduría atendió 7,999 visitas a gasolineras en donde a 776 se les detectaron irregularidades en sus sistemas de tele medición y únicamente 363 de éstas fueron debidamente multadas por una cantidad aproximada de $88,320,026 M.N., lo que podría representar un aproximado de $243,305.00 M.N. por cada gasolinera si dividimos la cantidad total en partes iguales.
Aunando lo anterior, dichas multas pudieron haberse interpuesto en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, pero el gasolinero también deberá contemplar aquellas sanciones que se podrían derivar por el incumplimiento de la normatividad, disposiciones y/o NOMs en materia de Derecho Energético, por ejemplo, (i) incumplir con las disposiciones aplicables a la actividad regulada, (ii) realizar una actividad regulada sin contar con el permiso respectivo, (iii) incumplimiento de los términos y condiciones derivadas del permiso, entre otros, donde las sanciones económicas podrían ser hasta 450,000 UMA, es decir, hasta $39,096,000 M.N., lo anterior en términos de la Ley de Hidrocarburos.
En ese orden de ideas, es recomendable implementar auditorías con el objeto de determinar el grado de cumplimiento de las obligaciones técnicas y legales que las gasolineras deben cumplir, así como prevenir posibles sanciones por parte de las autoridades fiscales, de protección al consumidor y energéticas.
En KNR estamos para apoyarlo en caso de que requiera cualquier tipo de asesoría.