En la “Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, para la prevención de la COVID-19 en México”, el Grupo Técnico Asesor para la Vacuna (conformado por expertos en materia de inmunología, vacunación, infectología, sociología, sistemas y economía de la salud) clasificó al personal de salud de acuerdo con su riesgo y nivel de exposición al virus SARSCoV-2, en tres grandes categorías de priorización, reconociendo que en la primera línea de atención se encuentra el personal de salud que tiene contacto directo con pacientes sospechosos o confirmados de COVID, por lo que el riesgo de exposición al virus es alto.
No obstante, la existencia de este reconocimiento, lo cierto es que a la fecha el Gobierno Federal se ha negado a vacunar al personal médico de primera línea que labora en instituciones privadas, negativa que ha sido tajante incluso en comunicados oficiales.
Lo anterior, sin que exista una razón ni motivo que legitime exponer a mayor riesgo al personal médico únicamente por laborar en una institución privada, al contrario, tal negativa vulnera el derecho humano a la protección de la salud y se traduce en una discriminación activa por parte del Estado.
La exclusión del sector médico privado es discriminatoria, en tanto, que la autoridad omite valorar que existe identidad entre la función de un médico particular que la de un profesionista médico del sector público, pues realmente en ambos casos se pretende la prevención y salvaguarda de la salud de los mexicanos, incluso el personal médico del sector privado (mayormente ubicado en farmacias) ha sido el más recurrente por los mexicanos ante la enfermedad por COVID-19 en nuestro país. [1]
En esta línea resulta evidente que no existe justificación para que la Administración Pública Federal se niegue a vacunar al personal médico privado aún y cuando resulta evidente que por su profesión el factor de riesgo para la transmisión de SARS-CoV-2 es mayor.
Por lo que, a la fecha, ante tal violación de derechos, diversos profesionistas médicos de instituciones privadas han promovido juicio de amparo y obtenido por parte del Poder Judicial la suspensión para los efectos de ser vacunados de forma inmediata, siendo así el juicio de garantías el mecanismo actual, para sujetar al Estado a cumplir con su obligación de salvaguardar el derecho a la salud de los profesionistas médicos del sector privado, garantizada en el artículo 4 Constitucional y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
[1] Véase https://www.eleconomista.com.mx/politica/Medicos-de-farmacias-primer-contacto-ante-sistema-rebasado-20210129-0001.html