EN LAS CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y EL DERECHO DE FAMILIA.
A raíz de la reforma al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, misma que fue publicada el 14 de mayo de 2021, se adiciono el artículo 5.44.1, mismo que obliga a las partes involucradas a asistir al Centro de Mediación, Conciliación y Justiciar Restaurativa de su jurisdicción a una Junta informativa que tiene su fundamento en el artículo 30 bis de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la paz Social para el Estado de México.
Esta Junta informativa ante el Centro de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa tiene como finalidad tratar de que las partes lleguen a un acuerdo, el caso de no ser posible llegar a un acuerdo o conciliación entre las partes, este Centro de Mediación expedirá una constancia de asistencia la cual tendrá que ser exhibida ante el Juez de lo Familiar que conozca del asunto, es importante resaltar que sin están constancia de asistencia no se podrá fijar hora y fecha para la audiencia inicial, toda vez que a la par fue modificado el artículo 5.46 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México el cual establece que una vez contestada la demanda o en su caso la reconvención y exhibida la Constancia expedida por el Centro de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado de México relativa a la Junta informativa que acredite que no se logro la extinción total del conflicto a través de convenio el Juez, en el auto que tenga por presentada dicha constancia citará a audiencia inicial.
Quedan exceptuadas de acudir a esta Junta informativa los casos en lo que se involucre Violencia Familiar o cuando se contravengan disposiciones de orden público.
Esta reforma entrara en vigor de manera escalonada por distritos judicial en las fechas siguientes:
01 de Junio de 2021: Distritos Judiciales de Ecatepec y Toluca.
04 de Octubre de 2021: Distritos Judiciales de Chalco, Otumba y Tenango del Valle.
10 de enero de 2022: Distritos Judiciales de Cuautitlán, Lerma y Nezahualcóyotl.
04 de abril de 2022: Distritos Judiciales de el Oro, Ixtlahuaca, Jilotepec, Sultepec, Temascaltepec, Tenancingo, Texcoco, Tlalnepantla, Valle de Bravo y Zumpango.
Una reforma muy reciente, la cual al día de hoy solo se lleva en la practica en el Distrito Judicial de Ecatepec y Toluca, resaltando que ni el Código de Procedimientos Civiles tras la reforma ni la Ley de Mediación del Estado, establecen alguna sanción en caso de inasistencia de alguna de las partes, nuestra legislación no es estática y cambia día con día, es importante estar actualizado las reformas existentes al día para brindar una mejor asesoría a nuestros clientes y seguir trabajando en pro de su seguridad.