Sin duda alguna, la tecnología ha venido a revolucionar nuestras vidas, la forma en que nos relacionamos, trabajamos, estudiamos, nos entretenemos, y por supuesto que el ámbito del arte y la cultura no ha sido la excepción. Durante décadas la tecnología ha sido de gran utilidad para el desarrollo de verdaderas obras de arte, sin embargo, en los últimos años los avances en ésta han representado una gran controversia con respecto a las obras creadas a través de inteligencia artificial.
Dichas obras son creadas a través de programas de aprendizaje automático que se basan en una serie de algoritmos que les permite aprender a partir de los datos introducidos, evolucionar y tomar decisiones que pueden ser dirigidas o autónomas. Y es ahí, donde surge la gran incógnita: ¿a quién le pertenecen los derechos de autor de aquellas obras?
De acuerdo con lo establecido por la gran mayoría de las legislaciones en la materia a nivel mundial, un autor es toda aquella persona física que ha creado una obra literaria y artística. Es decir, conforme a esta definición las obras creadas por medio de la inteligencia artificial no deberían ser objeto de protección de los derechos de autor y, por consiguiente, cualquier persona podría hacer uso de las mismas.
Dicha postura podría tener grandes implicaciones comerciales que podrían ir desde un freno para las inversiones en el desarrollo de sistemas automatizados hasta una tendencia en ocultar la intervención de la inteligencia artificial en la creación de una obra, pues cuál sería el incentivo para los desarrolladores en el caso de que las creaciones generadas por inteligencia artificial no puedan acogerse a la protección de los derechos de autor.
En ese sentido, muchas jurisdicciones han adoptado una postura menos radical al atribuir la autoría de la obra a aquel que haya hecho posible la generación del contenido, es decir, a la persona o grupo de personas que crearon el programa informático, en otras palabras, los programadores.
No cabe duda que con el paso del tiempo y el avance de la ciencia y tecnología, así como, a medida en que las máquinas empiecen a producir obras de mayor calidad con la menor intervención humana posible, será necesario debatir qué clase de protección se les deberá conceder, pues si bien la postura más sensata para garantizar que las empresas sigan invirtiendo en el ámbito de las tecnologías, es otorgar la calidad de autor a los programadores, es posible que algún punto debamos decidir si las computadoras deben tener la condición y los mismos derechos que las personas.