Gracias a que la iniciativa de repatriación de capitales con beneficios fiscales ha logrado retornar $76,000 millones de pesos al país, el presidente de la República amplió por tres meses más la vigencia del decreto hasta el 19 de octubre del presente año.
El Decreto permite que los capitales mantenidos en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2016 puedan ser repatriados al país, sujetos a una tasa de Impuesto sobre la Renta preferencial, equivalente al 8% del monto repatriado, sin deducción.
Quedan comprendidos dentro del beneficio, los ingresos e inversiones que se retornen al país durante el plazo de vigencia del decreto y permanezcan invertidos en el territorio nacional por al menos 2 años a partir de la fecha que se retornen.
La aplicación de este beneficio se condicionó a que los capitales se destinen a diversas actividades productivas que propicien el crecimiento del país, entre las cuales destacan, la adquisición de bienes de activo fijo y de terrenos y construcciones ubicados en el país, así como la investigación y desarrollo de tecnología, pago de pasivos que hayan contraído con partes independientes con anterioridad a la entrada en vigor del decreto y, la realización de inversiones en México a través de instituciones de crédito o en casas de Bolsa.
En caso de requerir asesoría para la aplicación de este beneficio, estamos a sus órdenes,