Es muy común que las personas que han sido trasladadas para residir temporalmente a México deseen venir con la gente de su confianza que ha trabajado para ellos en su hogar durante muchos años.
Cuando un empleador tiene a su cargo personal extranjero, es necesario que se solicite ante el Instituto Nacional de Migración (INM) una Constancia de Inscripción de Empleador. No solamente se expide a personas morales, sino que también las personas físicas tienen derecho a solicitarla para que se pida posteriormente el permiso para trabajar de un empleado doméstico.
Sin embargo es importante mencionar que, si bien la legislación migratoria no lo contempla dentro de sus normas, la autoridad solicita a la persona física estar dado de alta en el Servicio de Administración Tributaria como persona física con actividad empresarial, de lo contrario no se aprueba la Constancia a su favor.
Una vez obtenida la Constancia es posible contratar al personal extranjero, ya que Migración lo tendrá dado de alta como empleador autorizado.
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