La residencia temporal se puede otorgar por varios supuestos, dentro de los más comunes están por realizar actividades no remuneradas por más de 180 días; por prestar servicios por medio de la cual se recibe contraprestación en territorio mexicano; y por ser dependiente económico de un residente temporal, permanente o incluso de persona mexicana.
Para que un documento migratorio pueda ser renovado es importante que se considere que, de conformidad con la legislación migración, las condiciones por las cuales la residencia se otorgó deben subsistir. Esto es, si el Instituto Nacional de Migración autorizó una residencia con permiso para trabajar, se debe acreditar que sigue manteniendo una relación de trabajo remunerado.
Si la condición de residente temporal se obtuvo por ser dependiente económico, en las subsecuentes renovaciones se debe asegurar que el vínculo familiar por el cual se obtuvo la residencia sigue existiendo, incluso la persona titular y responsable económicamente del dependiente, debe dar su autorización para que proceda de conformidad la renovación correspondiente.
Existe también el supuesto en el que las personas que ingresaron como residentes con permiso para trabajar cambian de empleador, no notificaron en tiempo y forma como lo establece el Reglamento de la Ley de Migración, y en estos casos la autoridad no podrá resolver favorablemente, pues las condiciones por las cuales el Instituto autorizó su estancia “dejan de existir”. En esos casos la autoridad está facultada para emitir órdenes de salida del país, lo cual implica altos costos para la persona extranjera.
Por ello es muy importante que antes de realizar la renovación de una tarjeta de residente temporal conozcas bien en qué casos aplica y si tienes en orden tu expediente en migración.