El pasado 30 de diciembre de 2021 fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Dentro de las reformas más relevantes, destacamos la relacionada con el pago del
impuesto sobre tenencia o uso de vehículos pues se señaló que a partir de 2022,
estarán obligadas a realizar el pago del mismo todas las personas usuarias de
vehículos cuyo domicilio se encuentre en la Ciudad de México.
Asimismo, se realizaron cambios a diversas disposiciones del Código para
establecer la obligación a cargo de las referidas personas físicas y morales,
tenedoras o usuarias de vehículos, de obtener la expedición de las placas de
circulación para los mencionados vehículos.
Se señala además que en caso de no obtener las placas de circulación ante las
autoridades competentes, se les impondrá una sanción que irá de $525.00 a
$911.00.
Asimismo, a partir de 2022, los importadores, fabricantes, comerciantes o
distribuidores de vehículos nuevos o usados podrán, realizar los trámites de alta y
registro correspondientes ante las autoridades de la Ciudad de México, siempre y
cuando así le sea solicitado por el propietario.
Si bien es cierto que dicha disposición no resulta aplicable de manera retroactiva
para los automóviles adquiridos antes de la entrada en vigor de las disposiciones
de referencia, lo cierto es que las mismas van a implicar un cambio relevante al
momento de realizar operaciones en el territorio de la Ciudad.